Semana 7 (3-7 de marzo)

 Semana 7 (3-7 de marzo)

Seguimos trabajando sobre la Revolución francesa. Retomo desde la Declaración de los derechos del hombre y del ciudadano.

 (Esta declaración es uno de los documentos más importantes de la Revolución Francesa, adoptado por la Asamblea Nacional Constituyente el 26 de agosto de 1789. Este documento establece los derechos fundamentales de los ciudadanos y se basa en los principios de la Ilustración, Estos son sus 17 artículos:        

Artículo 1: Los hombres nacen y permanecen libres e iguales en derechos. Las distinciones sociales solo pueden fundarse en la utilidad común.                                                                                      Artículo 2: La finalidad de cualquier asociación política es la protección de los derechos naturales e imprescriptibles del hombre. Tales derechos son la libertad, la propiedad, la seguridad y la resistencia a la opresión.                                                                        Artículo 3: El principio de toda soberanía reside esencialmente en la Nación. Ningún cuerpo ni individuo puede ejercer autoridad alguna que no emane expresamente de ella.                                          Artículo 4: La libertad consiste en poder hacer todo lo que no perjudique a los demás. Por ello, el ejercicio de los derechos naturales de cada hombre solo tiene como límites los que garantizan a los demás miembros de la sociedad el goce de estos mismos derechos.                                                                                    Artículo 5:"La ley sólo tiene derecho a prohibir las acciones perjudiciales para la sociedad. Todo lo que no está prohibido por la ley no puede ser impedido y nadie puede ser obligado a hacer lo que ella no ordena."                                                                                      Artículo 6: La Ley es la expresión de la voluntad general. Todos los ciudadanos tienen derecho a contribuir a su elaboración, personalmente o a través de sus representantes                                      Artículo 7: Ningún hombre puede ser acusado, arrestado ni detenido, salvo en los casos determinados por la ley, y según las formas que ésta haya prescrito.                                                                                Artículo 8: La ley sólo debe establecer penas estricta y evidentemente necesarias, y nadie puede ser castigado sino en virtud de una ley establecida y promulgada con anterioridad al delito y legalmente aplicada.                                                                              Artículo 9: Todo hombre es considerado inocente hasta que haya sido declarado culpable. Si se juzga indispensable detenerle, cualquier rigor innecesario para asegurar su persona será severamente reprimido por la ley.                                                                              Artículo 10: Nadie debe ser molestado por sus opiniones, incluso religiosas, siempre que su manifestación no perturbe el orden público establecido por la ley.                                                               

Artículo 11: La libre comunicación de pensamientos y opiniones es uno de los derechos más preciados del hombre; todo ciudadano puede, por consiguiente, hablar, escribir e imprimir libremente, salvo que deba responder del abuso de esta libertad en los casos determinados por la ley.                                          

Artículo 12: La garantía de los derechos del hombre y del ciudadano necesita una fuerza pública; esta fuerza está, por consiguiente, instituida para el beneficio de todos y no para la utilidad particular de aquellos a quienes se ha confiado.                                                                                                                  

Artículo 13: Para el mantenimiento de la fuerza pública y para los gastos de administración, una contribución común es indispensable; esta contribución debe ser igualmente repartida entre todos los ciudadanos, en razón de sus facultades.                                                Artículo 14: Los ciudadanos tienen el derecho de verificar, por sí mismos o por sus representantes, la necesidad de la contribución pública, de consentirla libremente, de vigilar su empleo y de determinar su cantidad, su reparto, su recaudación y su duración.        Artículo 15: La sociedad tiene derecho a pedir cuentas a todo agente público de su administración.          

Artículo 16: Toda sociedad en la cual la garantía de los derechos no esté asegurada, ni la separación de los poderes determinada, carece de Constitución.                                                                              Artículo 17: Siendo la propiedad un derecho inviolable y sagrado, nadie puede ser privado de ella, salvo cuando la necesidad pública, legalmente constatada, lo exija evidentemente, y bajo la condición de una justa y previa indemnización.)

Tarea: del manual de convivencia copiar los derechos de los estudiantes y escribirles su respectivo deber según su leal saber y entender. En hojas carta rayadas, entregar el jueves 20 de febrero.

TAREA EN HOJAS CARTA RAYADAS: Dividir las hojas a 2 columnas. En la columna 1, escribir el número del artículo de la Declaración de los derechos del hombre y del ciudadano del año 1789. En la columna 2, al frente de cada número de los artículos de la declaración ya mencionada, escribir el correspondiente artículo y contenido de los derechos fundamentales de nuestra constitución política del año 1991.

He aquí la solución

Declaración  de los derechos del hombre y del ciudadano, Francia,

1789

Derechos fundamentales de la constitución política de Colombia,1991

1.Los hombres nacen y permanecen libres e iguales en derechos. Las distinciones sociales solo pueden fundarse en la utilidad común.

13.Todas las personas nacen libres e iguales ante la ley, recibirán la misma protección y trato de las autoridades y gozarán de los mismos derechos, libertades y oportunidades sin ninguna discriminación por razones de sexo, raza, origen nacional o familiar, lengua, religión, opinión política o filosófica.

El Estado promoverá las condiciones para que la igualdad sea real y efectiva y adoptará medidas en favor de grupos discriminados o marginados.


El Estado protegerá especialmente a aquellas personas que por su condición económica, física o mental, se encuentren en circunstancia de debilidad manifiesta y sancionará los abusos o maltratos que contra ellas se cometan.

2.La finalidad de toda asociación política es la conservación de los derechos naturales e imprescriptibles del hombre. Esos derechos son la libertad, la propiedad, la seguridad y la resistencia a la opresión.

11. El derecho a la vida es inviolable. No habrá pena de muerte.

12.  Nadie será sometido a desaparición forzada, a torturas ni a tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes.

3.La fuente de toda soberanía reside esencialmente en la nación; ningún individuo, ni ninguna corporación pueden ser revestidos de autoridad alguna que no emane directamente de ella.

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4.La libertad consiste en poder hacer todo aquello que no cause perjuicio a los demás. El ejercicio de los derechos naturales de cada hombre, no tiene otros límites que los que garantizan a los demás miembros de la sociedad el disfrute de los mismos derechos. Estos límites solo pueden ser determinados por la ley.

28.Toda persona es libre. Nadie puede ser molestado en su persona o familia, ni reducido a prisión o arresto, ni detenido, ni su domicilio registrado, sino en virtud de mandamiento escrito de autoridad judicial competente, con las formalidades legales y por motivo previamente definido en la ley.

La persona detenida preventivamente será puesta a disposición del juez competente dentro de las treinta y seis horas siguientes, para que éste adopte la decisión correspondiente en el término que establezca la ley. En ningún caso podrá haber detención, prisión ni arresto por deudas, ni penas y medidas de seguridad imprescriptibles.

5.La ley solo puede prohibir las acciones que son perjudiciales a la sociedad. Lo que no está prohibido por la ley no puede ser impedido. Nadie puede verse obligado a aquello que la ley no ordena.

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6.La Ley es la expresión de la voluntad general. Todos los ciudadanos tienen derecho a contribuir a su elaboración, personalmente o a través de sus representantes                                  

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7.Ningún hombre puede ser acusado, arrestado ni detenido, salvo en los casos determinados por la ley, y según las formas que ésta haya prescrito.

28.

8.La ley sólo debe establecer penas estricta y evidentemente necesarias, y nadie puede ser castigado sino en virtud de una ley establecida y promulgada con anterioridad al delito y legalmente aplicada.                                                      

29.El debido proceso se aplicará a toda clase de actuaciones judiciales y administrativas.

Nadie podrá ser juzgado sino conforme a leyes preexistentes al acto que se le imputa, ante juez o tribunal competente y con observancia de la plenitud de las formas propias de cada juicio.

En materia penal, la ley permisiva o favorable, aun cuando sea posterior, se aplicará de preferencia a la restrictiva o desfavorable.

Toda persona se presume inocente mientras no se la haya declarado judicialmente culpable. Quien sea sindicado tiene derecho a la defensa y a la asistencia de un abogado escogido por él, o de oficio, durante la investigación y el juzgamiento; a un debido proceso público sin dilaciones injustificadas; a presentar pruebas y a controvertir las que se alleguen en su contra; a impugnar la sentencia condenatoria, y a no ser juzgado dos veces por el mismo hecho.

Es nula, de pleno derecho, la prueba obtenida con violación del debido proceso.

9.Todo hombre es considerado inocente hasta que haya sido declarado culpable. Si se juzga indispensable detenerle, cualquier rigor innecesario para asegurar su persona será severamente reprimido por la ley

29.

10.Nadie debe ser molestado por sus opiniones, incluso religiosas, siempre que su manifestación no perturbe el orden público establecido por la ley.

20.Se garantiza a toda persona la libertad de expresar y difundir su pensamiento y opiniones, la de informar y recibir información veraz e imparcial, y la de fundar medios masivos de comunicación. Estos son libres y tienen responsabilidad social. Se garantiza el derecho a la rectificación en condiciones de equidad. No habrá censura.

18.Se garantiza la libertad de conciencia. Nadie será molestado por razón de sus convicciones o creencias ni compelido a revelarlas ni obligado

a actuar contra su conciencia.

19.Se garantiza la libertad de cultos. Toda persona tiene derecho a profesar libremente su religión y a difundirla en forma individual o colectiva. Todas las confesiones religiosas e iglesias son igualmente libres ante la ley.


11.La libre comunicación de pensamientos y opiniones es uno de los derechos más preciados del hombre; todo ciudadano puede, por consiguiente, hablar, escribir e imprimir libremente, salvo que deba responder del abuso de esta libertad en los casos determinados por la ley.                                         

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12.La garantía de los derechos del hombre y del ciudadano necesita una fuerza pública; esta fuerza está, por consiguiente, instituida para el beneficio de todos y no para la utilidad particular de aquellos a quienes se ha confiado

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13.Para el mantenimiento de la fuerza pública y para los gastos de administración, una contribución común es indispensable; esta contribución debe ser igualmente repartida entre todos los ciudadanos, en razón de sus facultades.                                               

95-338

14.Los ciudadanos tienen el derecho de verificar, por sí mismos o por sus representantes, la necesidad de la contribución pública, de consentirla libremente, de vigilar su empleo y de determinar su cantidad, su reparto, su recaudación y su duración. 

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15.La sociedad tiene derecho a pedir cuentas a todo agente público de su administración

40.Todo ciudadano tiene derecho a participar en la conformación, ejercicio y control del poder político. Para hacer efectivo este derecho puede:


Elegir y ser elegido.

Tomar parte en elecciones, plebiscitos, referendos, consultas populares y otras formas de participación democrática.

Constituir partidos, movimientos y agrupaciones políticas sin limitación alguna; formar parte de ellos libremente y difundir sus ideas y programas.

Revocar el mandato de los elegidos en los casos y en la forma que establecen la Constitución y la ley.

Tener iniciativa en las corporaciones públicas.

Interponer acciones públicas en defensa de la Constitución y de la ley.

Acceder al desempeño de funciones y cargos públicos, salvo los colombianos, por nacimiento o por adopción, que tengan doble nacionalidad. La ley reglamentará esta excepción y determinará los casos a los cuales ha de aplicarse. Las autoridades garantizarán la adecuada y efectiva participación de la mujer en los niveles decisorios de la Administración Pública.

16.Toda sociedad en la cual la garantía de los derechos no esté asegurada, ni la separación de los poderes determinada, carece de Constitución.

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17.Siendo la propiedad un derecho inviolable y sagrado, nadie puede ser privado de ella, salvo cuando la necesidad pública, legalmente constatada, lo exija evidentemente, y bajo la condición de una justa y previa indemnización.)

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Seguimos con los principales eventos de la Revolución Francesa:

-Abolición del feudalismo: La Revolución abolió los privilegios feudales y la servidumbre. 

-Reinado del Terror (1793-1794): Durante este período, liderado por Maximilien Robespierre, miles de personas fueron ejecutadas en la guillotina, incluyendo al propio rey Luis XVI y la reina María Antonieta. 

-Ascenso de Napoleón: La Revolución culminó con el golpe de Estado de Napoleón Bonaparte en 1799, quien estableció el Consulado y posteriormente el Imperio Francés.

Consecuencias de La Revolución Francesa: al retomar ideas de La Ilustración (como la soberanía popular, los derechos individuales y la separación de poderes) tuvo un impacto profundo y duradero. Marcó el fin del feudalismo y del absolutismo en Francia, y sentó las bases para la democracia moderna. Sus ideales de libertad, igualdad y fraternidad inspiraron movimientos revolucionarios en todo el mundo, entre ellos, los procesos de independencia de las colonias americanas. Las mencionadas ideas inspiraron a las élites criollas en las colonias americanas a luchar por su independencia. Un ejemplo es la Revolución Americana o la independencia de Estados Unidos que sirvió como un modelo concreto para las colonias latinoamericanas, mostrando que era posible liberarse del dominio europeo.

(La Independencia de los Estados Unidos fue un proceso histórico que llevó a las trece colonias británicas en América del Norte a separarse del Imperio británico y formar una nación soberana.    

Tarea: en hoja carta blanca entregar a mano el mapa de las 13 colonias inglesa en América, colorear y datos internos

He aquí el mapa

      

Antecedentes: 

-Guerra de los Siete Años (1756-1763): Tras esta guerra, Gran Bretaña impuso impuestos a las colonias para recuperar los costos de la guerra, lo que generó descontento. 

-Motín del Té (1773): Colonos, disfrazados de indios mohawks, arrojaron al mar el té británico en Boston como protesta contra los impuestos. 

-Primer Congreso Continental (1774): Los representantes de las colonias se reunieron en Filadelfia para discutir sus quejas contra Gran Bretaña.  

-Proclamación de la Independencia: El 4 de julio de 1776, el Segundo Congreso Continental, reunido en Filadelfia, proclamó la Declaración de Independencia. Este documento, redactado principalmente por Thomas Jefferson, declaró que las colonias eran estados libres e independientes.   

 --Guerra de Independencia: La guerra comenzó en 1775 y continuó hasta 1783. Algunos eventos destacados incluyen: Batalla de Bunker Hill (1775): Una de las primeras batallas importantes de la guerra. Batalla de Saratoga (1777): Una victoria crucial para los estadounidenses que ayudó a asegurar el apoyo de Francia. Batalla de Yorktown (1781): La rendición de las tropas británicas marcó el fin de la guerra.                                                      Tratado de París (1783): firmado el 3 de septiembre de 1783 reconoció oficialmente la independencia de los Estados Unidos. Gran Bretaña cedió territorios al norte y al sur del río Ohio a los nuevos Estados Unidos.                                                                            Consecuencias: La independencia de los Estados Unidos tuvo un impacto duradero en la historia mundial, inspirando otros movimientos de independencia y estableciendo un nuevo modelo de gobierno basado en la democracia y los derechos individuales.).

COPIAR EN EL CUADERNO EL SIGUIENTE CUESTIONARIO SOBRE LA REVOLUCIÓN FRANCESA Y SU SOLUCIÓN COMO PREPARACIÓN PARA EL PRÓXIMO EXAMEN SOBRE LA REVOLUCIÓN FRANCESA.

1. ¿Qué fue la Ilustración, ¿dónde surgió y en qué siglo?

R/La Ilustración fue un movimiento intelectual y cultural que surgió en Europa durante el siglo XVIII

2. Nombre las características de la Ilustración.

R/ son: el Racionalismo, el Criticismo, el Progreso, la Tolerancia y  la Libertad y la Separación Iglesia-Estado

3. Nombre los principales representantes de la Ilustración.

R/ son: Voltaire, Jean-Jacques Rousseau, Montesquieu, Immanuel Kant y John Locke.

4. Nombre los principales eventos de la Revolución francesa.

R/ son: la Toma de la Bastilla, la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano, el Reinado del Terror y el Ascenso de Napoleón

5. ¿Cuáles fueron las consecuencias de la Revolución francesa?

R/ fueron: el fin del feudalismo y del absolutismo en Francia, sentó las bases para la democracia moderna y sus ideales de libertad, igualdad y fraternidad inspiraron movimientos revolucionarios en todo el mundo, incluso los nuestros.

CUESTIONARIO SOBRE LA INDEPENDENCIA NORTEAMERICANA DE GRAN BRETAÑA.

1 ¿Qué fue la independencia de los Estados Unidos (E.U.)?

R/fue un proceso histórico que llevó a las 13 colonias británicas en Norteamérica a separarse del imperio británico y a formar una nueva nación.

2. Nombra los antecedentes de la independencia de los E.U.

R/ son: la guerra de los siete años (1756-1763), el motín del Té (1773), y el primer congreso continental (1774).

3. ¿Cuándo se dio la proclamación de la independencia y en qué congreso?

R/ se dio el 4 de julio de 1776, en el segundo congreso

4. ¿Cuáles fueron los eventos destacados de la guerra de independencia?

R/ la batalla de Bunker Hill, la batalle de Saratoga y la batalla de Yorktown.

5. ¿Con qué Tratado, en qué año se reconoció la independencia de los E.U. y cuáles fueron sus consecuencias?

R/ de París, en el año 1783, impactó en la historia mundial; inspiró a otros movimientos revolucionarios a buscar la independencia; estableció un nuevo modelo de gobierno basado en la democracia y en los derechos individuales.



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